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Cómo rescindir un contrato de alquiler cuando eres el propietario

Contrato de alquiler de vivienda

Cuando un propietario decide alquilar un inmueble se firma un documento en el que se fijan las obligaciones tanto del dueño como del inquilino. Tras consultar el procedimiento para rescindir contratos de alquiler a Renta garantizada Barcelona, nos comentan que los contratos de alquiler producen cada año multitud de problemas entre el propietario y el inquilino, muchos más de lo que se podría esperar. En el caso de incumplimiento del contrato de arrendamiento por alguna de las partes, se puede pedir que finalice ese arrendamiento o si no hay acuerdo, acudir a la vía judicial.

La actual Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) contempla los casos excepcionales en los que se puede rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario. Este es el objetivo de nuestro artículo, conocer los supuestos en los que el propietario puede recuperar su vivienda.

Causas para rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario

Antes de abordar las causas de rescisión de un contrato de alquiler, vamos a explicar cuál es la duración de los mismos. Según contempla la Ley de Arrendamientos Urbanos, la duración de estos contratos de alquiler es de tres años. Se puede pactar entre las partes una duración menor, si es así, se debe renovar ese contrato cada año hasta llegar a tres. El arrendatario tiene la posibilidad de rescindir el contrato cuando hayan transcurrido seis meses de duración.

Por su parte, el propietario puede dar por finalizado el contrato antes del tiempo acordado en los siguientes casos:

  • Por falta de pago del alquiler, de cualquiera de las cantidades que debe asumir el arrendatario.
  • Falta de pago del importe de la fianza.
  • Incumplimiento de contrato por parte del arrendatario.
  • Si el arrendatario realiza una cesión de contrato a terceros o subarrienda, sin el consentimiento del propietario.
  • Cuando el inmueble deja de ser, de forma primordial, el objetivo con el que se alquiló, es decir, a satisfacer la necesidad como vivienda para el arrendatario.
  • En el caso de daños causados a la vivienda o realización de obras no consentidas por el propietario.
  • Cuando en la vivienda se realicen actividades molestas, peligrosas o ilícitas.
  • Cuando el propietario necesita recuperar la vivienda para hacer uso de ella. Aquí la ley es muy clara y establece que el propietario puede ejercer este derecho siempre y cuando haya transcurrido un año desde el inicio del alquiler y la vivienda se utilice de forma permanente para él mismo o para sus familiares de primer grado de consanguinidad, adopción o para su cónyuge en caso de sentencia firme de divorcio o separación.

 

 El impago como causa de rescisión del contrato de alquiler

Es una de las causas más habituales de incumplimiento de contrato en nuestro país. La Ley de Arrendamientos Urbanos no contempla cuántas mensualidades deben infringirse. Si ocurre este supuesto, el dueño puede interponer la demanda judicial correspondiente por incumplimiento de contrato.

Cuando se producen actividades molestas o ilícitas en la vivienda

Se refiere a ruidos u otras actividades molestas, de uso irregular, no autorizadas en la vivienda. Normalmente son las que afectan a la comunidad de vecinos y son éstos los que interponen la queja y se lo comunican al dueño del inmueble.

 Incumplimiento del contrato de alquiler

Cuando se produce un incumplimiento contractual, la ley protege al propietario con la posibilidad de rescindir el contrato de alquiler y con una indemnización por daños y perjuicios causados.

¿Cómo puede comunicar el propietario la rescisión del contrato de alquiler?

En el caso de que el propietario necesitase la vivienda para su uso personal, debe notificarlo al inquilino con al menos dos meses de antelación. Se recomienda hacerlo por escrito para que quede constancia de que se ha solicitado. Se puede posponer este plazo siempre y cuando las dos partes estén de acuerdo.  Dentro de este plazo el inquilino debe abandonar la vivienda. Por su parte, si el propietario no se ha mudado al a vivienda en el transcurso de 3 meses, el arrendatario tiene derecho a volver a alquilar el inmueble en un plazo de 30 días o reclamar al dueño una indemnización compensatoria.

En el supuesto de rescindir el contrato de alquiler por impago de las rentas o si se realizan actividades ilícitas, peligrosas… el propietario puede comunicárselo al inquilino nada más conocer el incumplimiento de alguna de sus obligaciones contractuales.

Cuando se da el caso de que el inquilino no quiere abandonar la vivienda, el dueño podrá presentar una demanda e iniciar un proceso judicial contra su arrendatario.